Beneficios Sociales
El servicio de Bienestar, de acuerdo a sus disponibilidades presupuestarias y de acuerdo a los beneficios aprobados para cada Socio Cooperador, podrá prestar ayuda a sus afiliados por las siguientes causales:
Matrimonio: El servicio de Bienestar, otorgará un bono por concepto de matrimonio. Si ambos contrayentes son afiliados, se otorgará este beneficio a cada uno de ellos.
Nacimiento: El servicio de Bienestar, otorgará un bono por el nacimiento de cada hijo. Si ambos padres son afiliados, se otorgará este beneficio a cada uno de ellos.
Escolaridad: Se otorgará un bono escolar al afiliado y a sus cargas familiares que acrediten seguir cursos regulares de enseñanza pre- básica, básica, media, técnica, especializada o superior en instituciones del Estado o reconocidas por éste. Esta ayuda será extensiva a las cargas familiares que asistan regularmente a establecimientos de enseñanza especial, tales como escuelas de sordomudos, de ciegos, disléxicos, entre otros.
Fallecimiento: Se otorga, ya sea por el deceso del afiliado, del Beneficiario como de alguna de sus cargas familiares.